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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) confirma que la complejidad técnica y multidisciplinar de una estación de servicio exige la intervención de Ingenieros Industriales.
Ya es firme, la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) dictó el pasado 24 de septiembre de 2025. Una sentencia que desestimaba íntegramente el recurso de apelación presentado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de A Coruña (COETICOR) y que confirma la falta de competencia de los Ingenieros Técnicos Industriales (ITI) firmantes del proyecto de estación de servicio objeto del litigio, reiterando que ninguna de sus especialidades otorga la capacitación necesaria para suscribir un proyecto de esas características.
El fallo supone un nuevo respaldo judicial a la posición del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia (ICOIIG), consolidando una jurisprudencia que refuerza la necesidad de garantizar la seguridad, la solvencia técnica y la intervención de profesionales con formación multidisciplinar adecuada.
Los conocimientos de los ITI no abarcan todas las materias implicadas. El TSXG confirma que los estudios de Ingeniería Técnica Industrial —incluida la especialidad de Electricidad— no cubren la totalidad de disciplinas necesarias para proyectar una estación de servicio que requiere conocimientos de mecánica, electricidad, instalaciones petrolíferas, seguridad contra incendios, estructuras, entre otras.
La justicia rechaza una “competencia general” de los ITI para estos proyectos. El tribunal afirma que lo defendido por COETICOR equivaldría a reconocer una competencia general de los ITI de cualquier especialidad para cualquier estación de servicio, una tesis que “no cabe asumir” por contraria a la normativa y la doctrina consolidada.
No basta con que el proyecto no supere los límites técnicos del RDL 37/1977 sobre atribuciones de los Peritos Industriales. La sentencia rechaza que pueda calificarse un proyecto como simple únicamente por no exceder los umbrales de potencia, tensión o plantilla definidos en dicha norma. La complejidad no depende solo de esos límites cuantitativos.
La sentencia se alinea con resoluciones previas del Tribunal Supremo y del propio TSXG, que coinciden en declarar la falta de competencia de los Ingenieros Técnicos Industriales para suscribir proyectos de estación de servicio, declarando que se requiere necesariamente la intervención de un Ingeniero Industrial, dada su complejidad técnica y las implicaciones de seguridad e interés público.
Como destaca Julio García Cordonié, decano del ICOIIG: “esta sentencia refuerza un mensaje esencial: la seguridad y la competencia técnica para redactar y firmar determinados proyectos deben estar siempre por encima de cualquier otro criterio. La justicia es clara: las estaciones de servicio requieren la formación multidisciplinar propia de la Ingeniería Industrial.”
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